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Hoy recordamos a nuestros compañeros MIGUEL BREGUENCIANO CARO, fallecido en acto de servicio en 1985 y a RAFAEL GÓMEZ COBACHO fallecido victima de terrorismo en 1979.

Solicitamos un cambio en la Ley de Régimen de Personal para no penalizar doblemente tras sanción de suspensión de funciones.

Se debe corregir una injusticia y una diferencia de tratamiento con respecto a otros funcionarios.

Desde el SPP, y mediante escrito registrado en la Secretaría del Consejo de Policía, hemos solicitado la reparación de una situación de agravio a los funcionarios de la Policía Nacional con respecto a otros funcionarios.

Y es que, con la entrada en vigor de la Ley de Régimen de Personal, los policías que han sido sancionados con suspensión de funciones por hechos que han sido objeto de condena penal y que desean reingresar al servicio activo no lo pueden hacer dado que se les exige tener los antecedentes penales cancelados. Esto último sólo ocurre transcurrido un determinado tiempo que implica una ampliación de la sanción por no poder reingresar. Es evidente que una condena penal debe suponer un determinado reproche. Pero en la actualidad hay muchos casos en los que esa condena es consecuencia de hechos acaecidos en la vida privada de los policías, que son sancionados con una suspensión de funciones por período de hasta seis meses y que la regulación actual impide que puedan reingresar hasta no tener cancelados los antecedentes penales, lo que puede suponer varios años.

Pedimos también que se subsane una diferencia de trato respecto a funcionarios de Guardia Civil que son suspendidos de funciones y que perciben, durante el tiempo que permanezcan en esa situación, el 75 por ciento de las retribuciones básicas, así como las prestaciones familiares y pensiones de mutilación y recompensas a que pudieran tener derecho. No ocurre así en el caso de suspensión de funciones a funcionarios de la Policía Nacional.

Esperamos que, tras la petición efectuada y cuyo contenido podéis consultar en archivo adjunto, se ponga fin a estas situaciones realmente injustas y que suponen un agravio comparativo con otros funcionarios.

Madrid, 8 de mayo de 2018

El Comité Ejecutivo Nacional

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