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Hoy recordamos a nuestros compañeros JULIO ABELENDA RODRÍGUEZ, fallecido en acto de servicio y DIEGO GARCÍA CALDERÓN fallecido victima de terrorismo en 1982.

Sentencia del TSJ de Madrid contra el sistema de entrevistas en los procesos de ascenso.

A partir de un recurso de un afiliado se ha conseguido poner de manifiesto las carencias de la forma de desarrollarse las entrevistas en el proceso de ascenso a Comisario Principal.

Una nueva Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en un recurso tramitado por este Sindicato Profesional de Policía a un afiliado, acaba de dar un nuevo golpe a las entrevistas realizadas para el ascenso, en este caso, desde Comisario a Comisario Principal.

El Tribunal Superior de Justicia estima el recurso de nuestro afiliado corrigiendo así al Tribunal Calificador que, en su día, declaró al Comisario como “NO APTO” en la entrevista.

El fallo no deja lugar a dudas y reconoce que el Comisario superó la “Entrevista Personal” en la que fue declarado NO APTO de forma injusta, todo ello con las consecuencias jurídicas correspondientes, a saber: “…escalafonamiento en el puesto que le hubiera correspondido en la promoción saliente de la convocatoria en que participó, con la misma antigüedad y resto de efectos económicos y administrativos que los obtenidos por quienes superaron esta convocatoria.”

A pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no cuestiona la prueba de la “entrevista personal”, considerándola como prueba idónea para contrastar los resultados de la primera parte de la prueba consistente en los cuestionarios de información biográfica y test de personalidad realizados, sí que recalca que dicha entrevista personal debe ser en todo caso complementaria y no puede convertirse en prueba autónoma o principal, determinante de todo el proceso selectivo y de carácter eliminatorio como viene haciendo año tras año la Administración en todos los procesos selectivos de ascenso.

Supone un varapalo para la Administración toda vez que deja en evidencia la ausencia de aportación de documentación fundamental como las preguntas efectuadas, las respuestas a tales preguntas así como los criterios cualitativos según los cuales se han valorado los factores investigados para elaborar el necesario juicio

técnico, el cual debe determinar la declaración como apto o no apto. Incluso el Tribunal menciona el hecho de la ausencia de grabación de la entrevista (actuación no prohibida en las bases de la convocatoria),  y que, de haberse practicado supondría un elemento esclarecedor de cómo se efectúa el proceso.

Esta sentencia sigue la última línea jurisprudencial establecida tanto por el Tribunal Supremo como algunos Tribunales Superiores de Justicia, exigiendo que el juicio técnico emitido por el Tribunal Calificador para valorar la entrevista, reúna los tres requisitos establecidos por el Alto Tribunal, que, de forma resumida, son:

a)   Expresar el material o las fuentes de información sobre las que va a operar el juicio técnico.

b)   Consignar los criterios de valoración cualitativa que se utilizarán para emitir el juicio técnico, y

c)   Especificar las concretas razones por las que la aplicación de esos criterios valorativos conduce a la concreta puntuación y calificación aplicada.

Creemos que esta resolución judicial es un paso más en la lucha que este Sindicato Profesional de Policía viene manteniendo contra las entrevistas en los procesos de ascenso de categoría.

Hace tiempo que, desde este sindicato, de forma reiterada y prácticamente todos los años, venimos reclamando un cambio radical en los procesos selectivos en la Policía, de forma verbal a los responsables policiales, a través de circulares, escritos al Ministro, Director General de la Policía, Presidente del Consejo de Policía e incluso con recursos contencioso administrativos. Nuestros argumentos jurídicos no habían sido acogidos debidamente en las resoluciones judiciales. Ahora se produce un giro importante, abriéndose una nueva línea jurisprudencial esperanzadora, con base en las últimas sentencias del propio Tribunal Supremo.

Por tanto, felicitamos a nuestro afiliado por el empeño que ha puesto en impulsar el correspondiente recurso y nos congratulamos por el avance que supone esta NUEVA SENTENCIA en nuestra batalla para conseguir eliminar el sistema actual de ENTREVISTA establecido por la Dirección General de la Policía, y que este Sindicato Profesional de Policía considera totalmente INJUSTO, SUBJETIVO, ARBITRARIO Y FALTO DE TRANSPARENCIA.

Madrid, 7 de octubre de 2018

El Comité Ejecutivo Nacional

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