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Hoy recordamos a nuestro compañero SEGISMUNDO MARTÍN DEL ARCO, fallecido en acto de servicio en 1978, JOSÉ DÍAZ LINARES, fallecido victima de terrorismo en 1975, OMAR BENHAMED SAHARAUI, fallecido en acto de servicio en 1996 y JUAN VALENTÍN GASOL fallecido en acto de servicio en 2012.

Operación Copérnico: Información sobre el pago de dietas y servicios extraordinarios

Hoy, en la reunión de la Comisión de Personal y Proyectos Normativos del Consejo de Policía, hemos solicitado que nos aclaren el pago de las dietas y de los servicios extraordinarios a los funcionarios asignados a la Operación Copérnico. Estas son las informaciones que podemos ofreceros:

  • Servicios extraordinarios.- Se van pagando por partidas libradas de dinero y por servicios ya prestados. Es decir, no se podrá abonar ningún servicio extraordinario que no haya sido realizado ni tampoco se podrá hacer efectivo el pago mientras la partida presupuestaria no esté ingresada en las arcas de la DGP. Por ello, no se podrá ejecutar el ingreso de manera inmediata a la prestación del servicio. De momento, se han librado dos partidas y se han hecho dos pagos. Se está preparando un tercer pago.
  • Dietas.- En este aspecto la aplicación del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, es literal. Es decir, que si la comisión dura menos de un mes, la única figura jurídica que cabe es la del pago de dietas o pluses, lo que requiere de presentación de justificantes de alojamiento. Si la comisión durase más de un mes, se consideraría residencia eventual, percibiéndose el 80% de la dieta completa sin justificación documental.

La única excepción a la presentación de justificantes de alojamiento en el caso de pago de dietas o pluses es el regulado en la disposición adicional décima de dicha norma, donde dice que, “cuando razones de seguridad personal de los comisionados así lo aconsejen, la autoridad que designe la comisión de servicios, siempre que tenga al menos rango de director general, podrá acordar motivadamente eximir de la obligación de aportar dichos justificantes”.

Ante la problemática generada en varias plantillas en las que se ha informado que no era necesario presentar tickets de alojamiento, y posteriormente se les ha requerido para efectuar los pagos, creando un agravio comparativo con aquellos a los que se les exime de justificantes, los sindicatos representativos en unidad de acción hemos solicitado una reunión con el Director General de la Policía para poner fin a toda esta desorganización informativa y que todos sean tratados por igual en los requisitos exigidos para el cobro de las dietas.

Madrid, 26 de octubre de 2017

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