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Hoy recordamos a nuestros compañeros VALENTÍN DÍAZ ARJONA, fallecido en acto de servicio en 1989, EMILIO GARCÍA MARTÍNEZ, fallecido victima de terrorismo en 1983 y EDUARDO LÓPEZ MORENO, fallecido victima de terrorismo en 1995.

Nota Conjunta sobre permiso de paternidad, tras la entrada en vigor de los PGE

Mediante la Ley 9/2009, de 6 de octubre, la duración del permiso de paternidad se amplió desde las 2 a las 4 semanas, entrando en vigor el 1 de enero de 2017. El Boletín Oficial del Estado de hoy publica los Presupuestos Generales del Estado para 2018 (Ley 6/2018) que contemplan, entre otras medidas, el aumento de este permiso hasta las 5 semanas de duración. Además de esa medida, se recogen las siguientes consideraciones:

Permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cinco semanas ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.

El disfrute del permiso será ininterrumpido salvo la última semana, que podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa a las que se refiere este párrafo, cuando así lo solicite, al inicio del permiso, el progenitor que vaya a disfrutar del mismo, y se le autorice, en los términos previstos en su normativa, por la Administración en la que preste servicios. Igualmente, dicha normativa podrá prever que se autorice, cuando así se solicite previamente, que el inicio del permiso tenga lugar en una fecha posterior a la del nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa antes indicadas, siempre que sea antes de la finalización del correspondiente permiso o de la suspensión del contrato por parto, adopción o acogimiento del otro progenitor, o inmediatamente después de su finalización.

Esta mejora laboral entrará en vigor mañana, 5 de julio, momento desde el que esta mejora podría empezar a disfrutarse. Las organizaciones sindicales representativas ya hemos pedido a la Jefatura Central de Recursos Humanos y Formación que incorporen, con la mayor urgencia posible, esta previsión a la Circular de Vacaciones, Permisos y Licencias de la Policía Nacional.

Madrid, 4 de Julio de 2018

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