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El Sindicato Profesional de Policía solicita la exención del mínimo tiempo de permanencia de un año a los funcionarios que participen en concursos específicos de méritos

El RD 614/95, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Procesos Selectivos y de Formación en el CNP, en su Disposición Adicional Primera, establece que “…, tras los procesos selectivos de promoción interna, los ascendidos podrán ser eximidos del requisito del plazo mínimo de permanencia de un año a partir de la toma de posesión de los destinos que se obtengan, para poder concursar a aquellas vacantes que quedaran desiertas en los diferentes concursos”.

Mediante escrito dirigido al Presidente del Consejo de Policía, el SPP solicita conocer la norma en la que se fundamenta la práctica de no eximir del tiempo mínimo de permanencia a los funcionarios que participan en convocatorias de puestos de trabajo por concurso específico de méritos, cuando sí se hace, como marca el referido Real Decreto, si se trata de concursos generales de méritos.

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Madrid, 23 de agosto de 2018

El Comité Ejecutivo Nacional

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